RESOLUCIÓN CNV 1014/2014 (B.O. 22-08-2024)

El pasado jueves 22 de agosto de 2024 fue publicada en el Boletín Oficial la Resolución 1014/2024 de la Comisión Nacional de Valores (CNV), que tiene por objeto reglamentar la operación de los Agentes de Liquidación y Compensación (ALYCS) en relación con el “Régimen de Regularización de Activos” previsto en el Título II de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes N° 27.743.

La Resolución dispone que para realizar operaciones dentro del Régimen de Regularización de Activos los ALYCS deberán proceder a la apertura de Subcuentas comitentes especiales denominadas “Cuentas Comitentes Especiales de Regularización de Activos” (en adelante “Cuentas Comitentes Especiales”). Dichas cuentas podrán ser abiertas exclusivamente a nombre de los sujetos alcanzados por los artículos 18 y 19 de la Ley N° 27.743.

Cabe que destacar que las Cuentas Comitentes Especiales deben tener idéntica titularidad/cotitularidad a la oportunamente declarada en las cuentas bancarias denominadas “Cuentas Especiales de Regularización de Activos” (CERA). Por lo que, para poder abrir una Cuenta Comitente Especial, los interesados deberán contar con una CERA abierta previamente ante una entidad financiera autorizada a actuar como tal en los términos de la Ley N° 21.526. Asimismo, el fondeo de las Cuentas Comitentes Especiales debe provenir exclusivamente de una CERA.

Los fondos existentes en las Cuentas Comitentes Especiales no pueden permanecer inmovilizados por un plazo mayor de 10 diez días hábiles, cumplido ese plazo los fondos no invertidos deberán ser transferidos y acreditados por los Agentes en la CERA de titularidad/cotitularidad del respectivo cliente.

 

El presente artículo es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.

 

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